Devolución gasóleo profesional
Recupera hasta 2.450 € al año por cada vehículo
Si tienes camiones de 7,5 t o más, autobuses o taxis, una parte del impuesto que pagas en cada repostaje de gasoil es recuperable (Ley 38/1992, art. 52 bis). Calcula tu devolución y solicita un estudio gratuito y sin compromiso.
¿Cuánto puedes recuperar?
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¿Cumples los requisitos?
La devolución del gasóleo profesional está regulada por la Ley 38/1992 y la Orden HAP/290/2013. Para tener derecho, deben darse estas condiciones.
La devolución del gasóleo profesional, explicada
La devolución del gasóleo profesional es una devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos que la Agencia Tributaria reconoce a quienes usan el gasoil como herramienta de trabajo. Está regulada por el artículo 52 bis de la Ley 38/1992 y desarrollada en la Orden HAP/290/2013. En la práctica, significa que parte del impuesto que pagas en cada repostaje vuelve a tu cuenta: 49 € por cada 1.000 litros consumidos, con un máximo de 50.000 litros por vehículo y año.
Pueden solicitarla los titulares de camiones de transporte de mercancías de 7,5 toneladas o más, los autobuses de las categorías M2 y M3, y los taxis con licencia y taxímetro. Para una empresa con flota, la cifra es relevante: diez camiones que consuman 30.000 litros al año pueden suponer una recuperación de impuestos cercana a los 14.700 € anuales, sin coste adicional si el sistema de control ya está en marcha.
El gran obstáculo no es el papeleo, sino dos requisitos previos que muchos transportistas desconocen: cada vehículo debe estar inscrito en el censo de beneficiarios antes del primer repostaje, y el gasoil debe pagarse con tarjeta de gasóleo profesional o suministrarse desde una instalación propia con control de suministros homologado (como el sistema DieselPlus sobre el controlador Gespasa GK-7Plus). En DirectFluid te ayudamos con todo el proceso: desde el estudio inicial y el alta en el censo hasta la presentación telemática ante la AEAT.
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